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Estas son las Preguntas Frecuentes
Te autoriza para el gobierno de embarcaciones a motor de hasta 8 metros de eslora, motos de agua y veleros de hasta 8 metros de eslora, sin límite de potencia de motor, aun máximo de 5 millas de la costa en cualquier dirección, de un puerto, de un abrigo o playa accesible.
La titulación de PNB te permite gobernar embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y alejarte de la costa hasta 5 millas.
La titulación de PER te permite navegar en embarcaciones de hasta 15 metros de eslora y alejarte de la costa hasta 12 millas. Además, si realizas las prácticas de ampliación de atribuciones, podrás gobernar embarcaciones de hasta 24 metros de eslora, y realizar travesías entre la Península y Baleares.
No, no se puede. Cada comunidad tiene sus propios exámenes y si apruebas una parte en una comunidad, tendrás que esperar a la siguiente convocatoria de esa comunidad para examinarte de esa parte que te falta. Si hicieras el examen en otra comunidad tendrías que examinarte de todo de nuevo.
Tienes un año natural, que son dos convocatorias más en el examen, sino tendrías que volver a hacer todo de nuevo.
Si suspendes el examen del PER pero apruebas la parte correspondiente a los 6 primeros temas se te concede el título del PNB y podrás presentarte a la parte no aprobada del PER en las próximas dos convocatorias.
Claro que sí, puedes hacerlas sin ningún problema.
Con el PNB puedes gobernar embarcaciones de hasta 8 metros de eslora a una distancia máxima de 5 millas de la costa; con el PER embarcaciones de hasta 15 metros de eslora a una distancia máxima de 12 millas de la costa; con PY (Patrón de Yate) embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y a una distancia máxima de 150 millas de la costa, y con CY (Capitán de Yate) embarcaciones de hasta 24 metros de eslora sin límite de distancia para la navegación.
Para sacarse el PER teniendo el PNB solo hace falta realizar el examen del PER complementario. Es un pequeño examen que consta de 18 preguntas tipo test que versan sobre los temas no comunes con el PNB. Se dispone de 45 minutos para realizar el examen.
Se puede tener un máximo de 10 fallos sin tener más de 2 en el apartado de balizamiento.
Se pueden tener un máximo de 18 fallos de los cuales no pueden ser más de 2 en el apartado de balizamiento, 2 en carta náutica y 5 en RIPA.
Se pueden tener un máximo de 12 fallos de los cuáles no podrán ser más de 5 en la parte de teoría de navegación, 5 en la parte de meteorología, 5 seguridad y 3 en carta náutica.
Se pueden tener un máximo de 12 fallos de los cuales no podrán ser más de 5 en la parte de inglés, 5 en meteorología, 5 en teoría y 4 en cálculo.
No, para acceder al título de Patrón de Yate es necesario estar en posesión del PER; y para acceder a Capitán de Yate es necesario estar en posesión del PY.
No, solo se te guarda el aprobado del módulo en cuestión para posteriores convocatorias de la misma comunidad autónoma donde te examinaste. Si vas a otra comunidad autónoma se haría el examen completo.
La acreditación de una titulación náutica se realiza por medio de una tarjeta acreditativa, que otorga el organismo en pertinente una vez que se ha aprobado el examen teórico y se han certificado las prácticas oficiales.
La titulación necesaria para manejar una moto de agua dependerá de su potencia:
Patrón de moto náutica A, PNB, PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
Patrón de moto náutica B, PNB, PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate.
Patrón de moto náutica C o Licencia de Navegación.
Es un permiso que no necesita la realización de examen oficial y que te permitirá llevar embarcaciones de hasta 6 metros de eslora a una distancia máxima de 2 millas de la costa durante la salida y la puesta de sol. No está permitido la navegación nocturna. Te permite llevar también motos de agua y no hay límite de potencia en el motor.
Puedes gobernar embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y a una distancia máxima de 5 millas de la costa.
Se puede navegar a una distancia máxima de 12 millas de la costa y entre islas dentro de un archipiélago.
La validez de las titulaciones náuticas es de 10 años. Para renovarlo bastará con presentar un certificado médico reciente.
Por norma general se suele dedicar alrededor de 2 meses a la preparación del examen teórico y una vez aprobado unos 3 meses hasta que estés en posesión del título.
Es un curso complementario para aquellos que están en posesión del PNB poder convertirse en PER. Es un examen teórico que complementa lo aprendido con el PNB.
Serán 8 horas de navegación y 4 horas de radio ambas obligatorias y 16 horas para la habilitación a vela optativas.
Serán 16 horas de navegación a motor y 12 de radio obligatorias. Como optativas habrá 16 horas para la habilitación a vela; 24 horas para la navegación a motor entre península y Baleares; y 48 horas para navegación a motor y a vela entre península y Baleares.
Serán 48 horas de las cuales 36 horas tendrán que ser de travesía y cada alumno deberá realizar como mínimo una guardia de día y otra de noche.
Serán 48 horas de las cuales 36 horas tendrán que ser de travesía y cada alumno deberá realizar como mínimo una guardia de día y otra de noche.
No, no hay examen para superar las prácticas. La calificación es APTO o NO APTO y queda a criterio del capitán con el que se realicen estas.
Si, para sacarte el PER no hace falta que tengas ningún tipo de titulación anterior.